Respecto a lo señalado por la recurrente en el sentido que existe un vacío legal, debido a que no es posible la bancarización de los pagos cuando en las vías de comunicación del interior del país no existen instituciones financieras; cabe señalar que el artículo 6 de la Ley N.º 28194 regula los casos de excepción.
Que cabe precisar que la Administración reparó los gastos a que se refieren los mencionados comprobantes de pago alegando únicamente que eran ajenos al giro del negocio, y asimismo que, la recurrente ha sostenido que tales erogaciones fueron efectuadas respecto del automóvil que alquiló para cumplir con sus labores habituales de administración, dirección y representación.
Que de lo actuado se verifica que la recurrente no ha sustentado que los gastos antes indicados estuvieran vinculados con sus actividades generadoras de rentas o el mantenimiento de su fuente, toda vez que durante la fiscalización no presentó documento alguno que demostrase efectivamente su destino o finalidad y por tanto, la relación de causalidad de tales adquisiciones, pues si bien alegó que tales gastos fueron realizados con relación al vehículo que alquiló para efectuar sus actividades de administración, dirección y representación, a efecto de acreditar ello se limitó a adjuntar un contrato de alquiler sobre el automóvil marca Suzuki, modelo Aerio 2004, con Placa de Rodaje FH-7081, celebrado recién el 1 de julio de 2005, esto es, con posterioridad a la fecha de emisión de los comprobantes de pago observados.
Para realizar la declaración del PLAME WEB de una Persona Natural con Negocio en el Régimen MYPE Tributario que para el periodo de Enero de 2024, cuenta con la recepción de un solo Recibo por Honorarios Elec.
En la pestaña que indica PS. Cuarta Categoría, se presenta una pregunta que dice: “¿El empleador declarante es agente de retención de cuarta categoría?”, con opciones de respuesta SÍ/NO. Me gustaría consultar, si deseo agregar dicho honorario, ¿Cuál de las dos opciones me recomiendas seleccionar?
La información referida a la afiliación sindical constituye un dato personal sensible que ostenta una especial protección por su incidencia en la intimidad personal, el ejercicio de libertades y derechos fundamentales del titular, como es de la libertad sindical, que, de ser expuesto deliberadamente pueden tener repercusiones graves en sus esferas personal y laboral.
La campaña escolar suele ser un periodo importante para muchos padres de familia dado que se deben afrontar una serie de gastos para los estudios de los más pequeños de la casa.
A partir del periodo octubre de 2023, la gran mayoría de empresas estarán obligadas a usar el Sistema Integrado de Registros Electrónicos para la generación del registro de ventas y compras electrónico.
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